31 enero 2008

Cánon digital en la Argentina

En su blog , Claudio Morgado, explicó que "el gravamen a la copia privada surgiría de la necesidad de compensar, de alguna manera, los derechos intelectuales (fonográfico, de producción,etc,) de los autores, quienes se verían perjudicados por las reproducciones impagas de sus obras". Las declaraciones recalaron profundo en la blogósfera argentina que rápidamente cruzó las intenciones del diputado.
Pablo Mancini y Mariano Amartino, dos de los bloggers más visitados en el país, son los que potencian la discusión en sus respectivas bitácoras.
Amartino, en su blog , expone que: "según ese anteproyecto de ley, toda persona que tiene un objeto "que permita el almacenaje, grabación y/o reproducción de música e imagen" está haciendo que los autores pierdan ingresos ¿Cómo? Por arte de magia y la piratería.¿Quieren una pequeña lista de "objetos" que hacen que los autores pierdan ingresos? CDs, DVDs, memorias USB, camaras digitales, reproductores de MP3, discos rígidos, impresoras, escaners, teléfonos móviles, memorias para teléfonos móviles, filmadoras, grabadoras de DVD, grabadoras de CD, media centers, cassetes, proyectores, routers WIFI… y más"
Por su parte, Mancini, dice que "el proyecto nada tiene que ver con las artes, sino con la comercialización. Como la sociedad ya no responde a los viejos modelos de negocio, y la llamada "piratería" es imparable, quieren convertir en ley un cánon que se pagará por adelantado, copie o no ústed"
La búsqueda del término en los buscadores como Google cada vez suman nuevos ítems. La cuestión recién empieza y tienden al debate profundo sobre las cuestiones digitales y su utilización.

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